¿Por qué implantar el Esquema Nacional de Seguridad
El Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad, es de obligado cumplimiento para todas las Administraciones Públicas y determinadas empresas.
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El ENS deben implantarlo las Administraciones Públicas, así como las empresas externas que prestan servicios a las Administraciones Públicas que impliquen el acceso a información.

El ENS tiene como objetivo fundamentar la confianza en los sistema de información de las Administraciones Públicas, de forma que dichos sistemas presten sus servicios y custodien la información de la manera adecuada.

Implantar el ENS es una tarea sumamente compleja, que requiere de la ayuda de profesionales especialmente experimentados en este ámbito.
¿Qué entidades tienen que cumplir el ENS?

La Administración General del Estado

La Administración de las Comunidades Autónomas

Entidades de la Administración Local

Hospitales públicos, Fundaciones públicas, Cámaras de comercio y Universidades públicas

Las empresas privadas que presten servicios a la Administración Pública

La Administración General del Estado

La Administración de las Comunidades Autónomas

Entidades de la Administración Local

Hospitales públicos, Fundaciones públicas, Cámaras de comercio y Universidades públicas

Las empresas privadas que presten servicios a la Administración Pública
¿Cuál es el resultado de
implantar el ENS?
Una vez implantado el Esquema Nacional de Seguridad, tu Organización dispondrá de un Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información acorde con los requisitos establecidos por Real Decreto 3/2010.

¿Cuál es el resultado de
implantar el ENS?
Una vez implantado el Esquema Nacional de Seguridad, tu Organización dispondrá de un Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información acorde con los requisitos establecidos por Real Decreto 3/2010.
Además, podrá certificar ante terceros.
