Todo el personal de la organización recibirá una formación básica para que conozcan lo que deben o no deben hacer para evitar fugas de datos, infección de equipos, etc.En el caso de que la organización sufra una Brecha de Seguridad esta debe informarse a la AEPD en plazo y forma correcta. Recibirá un asesoramiento de cómo debe hacerlo para evitar una sanción de la AEPD.El 95% de los programas actualmente son en la nube, (SaaS, Cloud, etc.) en los que alojamos infinidad de datos, este tratamiento debe regularse por ley y debe hacerse de forma correcta para evitar fuga de datos y tratamiento incorrectos.Para la realización de campañas de marketing y Redes Sociales y el uso de imágenes tan habitual, dispone de un servicio de asesoramiento para que lo ejecute sin incumplir la normativa y evitar sanciones.En caso de que la AEPD inspeccione a la organización tendrá a su disposición un abogado con experiencia en la normativa para interponer el recurso en la AEPD.Disponemos de un seguro de responsabilidad civil para cubrir sanciones de la Agencia Española de Protección de Datos.Dispone de una línea directa de asistencia con su consultor asignado para resolver dudas sobre la aplicación de la normativa en su organización.Todos los meses recibe en su correo un Boletín con noticias relevantes e importantes que hayan ocurrido dentro del mes anterior.Al finalizar la implantación y tras una comprobación se hará entrega de un certificado de implantaciónRecibirá el sello de organización adaptada a la LOPD y/o LSSI en formato digital para incluir en documentos y una pegatina para pegar en el establecimiento.Conectará con un consultor que recabará la información necesaria para elaborar la documentación y diseñar la hoja de ruta para adecuar su actividad a la normativa.
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Implanta el ENS
en tu organización

Adáptate a este requisito establecido por la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, y regulado por el Real Decreto 3/2018, de 8 de enero.

¿Por qué implantar el Esquema Nacional de Seguridad

El Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad, es de obligado cumplimiento para todas las Administraciones Públicas y determinadas empresas.

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El ENS deben implantarlo las Administraciones Públicas, así como las empresas externas que prestan servicios a las Administraciones Públicas que impliquen el acceso a información.

El ENS tiene como objetivo fundamentar la confianza en los sistema de información de las Administraciones Públicas, de forma que dichos sistemas presten sus servicios y custodien la información de la manera adecuada.

Implantar el ENS es una tarea sumamente compleja, que requiere de la ayuda de profesionales especialmente experimentados en este ámbito.

¿Qué entidades tienen que cumplir el ENS?

La Administración General del Estado

La Administración de las Comunidades Autónomas

Entidades de la Administración Local

Hospitales públicos, Fundaciones públicas, Cámaras de comercio y Universidades públicas

Las empresas privadas que presten servicios a la Administración Pública

La Administración General del Estado

La Administración de las Comunidades Autónomas

Entidades de la Administración Local

Hospitales públicos, Fundaciones públicas, Cámaras de comercio y Universidades públicas

Las empresas privadas que presten servicios a la Administración Pública

¿Cuál es el resultado de
implantar el ENS?

Una vez implantado el Esquema Nacional de Seguridad, tu Organización dispondrá de un Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información acorde con los requisitos establecidos por Real Decreto 3/2010.

¿Cuál es el resultado de
implantar el ENS?

Una vez implantado el Esquema Nacional de Seguridad, tu Organización dispondrá de un Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información acorde con los requisitos establecidos por Real Decreto 3/2010.

Además, podrá certificar ante terceros.

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o llámenos al 901 001 802