Todo el personal de la organización recibirá una formación básica para que conozcan lo que deben o no deben hacer para evitar fugas de datos, infección de equipos, etc.En el caso de que la organización sufra una Brecha de Seguridad esta debe informarse a la AEPD en plazo y forma correcta. Recibirá un asesoramiento de cómo debe hacerlo para evitar una sanción de la AEPD.El 95% de los programas actualmente son en la nube, (SaaS, Cloud, etc.) en los que alojamos infinidad de datos, este tratamiento debe regularse por ley y debe hacerse de forma correcta para evitar fuga de datos y tratamiento incorrectos.Para la realización de campañas de marketing y Redes Sociales y el uso de imágenes tan habitual, dispone de un servicio de asesoramiento para que lo ejecute sin incumplir la normativa y evitar sanciones.En caso de que la AEPD inspeccione a la organización tendrá a su disposición un abogado con experiencia en la normativa para interponer el recurso en la AEPD.Disponemos de un seguro de responsabilidad civil para cubrir sanciones de la Agencia Española de Protección de Datos.Dispone de una línea directa de asistencia con su consultor asignado para resolver dudas sobre la aplicación de la normativa en su organización.Todos los meses recibe en su correo un Boletín con noticias relevantes e importantes que hayan ocurrido dentro del mes anterior.Al finalizar la implantación y tras una comprobación se hará entrega de un certificado de implantaciónRecibirá el sello de organización adaptada a la LOPD y/o LSSI en formato digital para incluir en documentos y una pegatina para pegar en el establecimiento.Conectará con un consultor que recabará la información necesaria para elaborar la documentación y diseñar la hoja de ruta para adecuar su actividad a la normativa.

Implantación del ENS

El Esquema Nacional de Seguridad es exigible a las Administraciones Públicas y a determinadas empresas que prestan servicios a dichas Administraciones

o llame al 901 001 802

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Exigible a todas las Administraciones Públicas

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Servicio personalizado

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Implantación del ENS

El Esquema Nacional de Seguridad (ENS) tiene como objetivo fundamentar la confianza en los sistema de información de las Administraciones Públicas, de forma que dichos sistemas presten sus servicios y custodien la información de acuerdo con sus especificaciones funcionales, sin interrupciones o modificaciones fuera de control, y sin que la información pueda llegar a conocimiento de personas no autorizadas.

¿Qué es el ENS?

El Esquema Nacional de Seguridad (ENS) es un esquema establecido por el Centro Criptológico Nacional (CCN) para la protección adecuada de la información en el uso de medios electrónicos a través de medidas para garantizar la seguridad de los sistemas, los datos, las comunicaciones y los servicios electrónicos de las Administraciones Públicas.
Está regulado por el Real Decreto 311/2022.

¿Por qué debe realizarse?

Porque es un requisito establecido por la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Desde su primer desarrollo en 2010 está en constante evolución con modificaciones notables en 2015 y su última actualización en 2022 y regulado por el Real Decreto 311/2022.

¿Quién debe realizarlo?

El ENS deben implantarlo las Administraciones Públicas, así como las empresas externas que prestan servicios a las Administraciones Públicas que impliquen el acceso a información.

¿Cuándo se debe realizar?

El Esquema Nacional de Seguridad es exigible desde el año 2016. Esta exigencia ha sido impulsada en el año 2022, fecha de su última actualización.

¿Cómo hay que hacerlo?

Implantar el ENS es una tarea sumamente compleja, que requiere de la ayuda de profesionales especialmente experimentados en este ámbito.

Resultado

Una vez implantado el ENS, dispondrá de un Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información acorde con los requisitos establecidos y que podrá certificar ante terceros.

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