Todo el personal de la organización recibirá una formación básica para que conozcan lo que deben o no deben hacer para evitar fugas de datos, infección de equipos, etc.En el caso de que la organización sufra una Brecha de Seguridad esta debe informarse a la AEPD en plazo y forma correcta. Recibirá un asesoramiento de cómo debe hacerlo para evitar una sanción de la AEPD.El 95% de los programas actualmente son en la nube, (SaaS, Cloud, etc.) en los que alojamos infinidad de datos, este tratamiento debe regularse por ley y debe hacerse de forma correcta para evitar fuga de datos y tratamiento incorrectos.Para la realización de campañas de marketing y Redes Sociales y el uso de imágenes tan habitual, dispone de un servicio de asesoramiento para que lo ejecute sin incumplir la normativa y evitar sanciones.En caso de que la AEPD inspeccione a la organización tendrá a su disposición un abogado con experiencia en la normativa para interponer el recurso en la AEPD.Disponemos de un seguro de responsabilidad civil para cubrir sanciones de la Agencia Española de Protección de Datos.Dispone de una línea directa de asistencia con su consultor asignado para resolver dudas sobre la aplicación de la normativa en su organización.Todos los meses recibe en su correo un Boletín con noticias relevantes e importantes que hayan ocurrido dentro del mes anterior.Al finalizar la implantación y tras una comprobación se hará entrega de un certificado de implantaciónRecibirá el sello de organización adaptada a la LOPD y/o LSSI en formato digital para incluir en documentos y una pegatina para pegar en el establecimiento.Conectará con un consultor que recabará la información necesaria para elaborar la documentación y diseñar la hoja de ruta para adecuar su actividad a la normativa.

Es evidente que a través de ciertas aplicaciones móviles se pueden revelar datos sobre la identidad, vida privada o incluso de la localización de un usuario, lo que permite obtener información sobre una persona concreta identificada o identificable causando ciertos riesgos para su privacidad.
LA PRIVACIDAD EN APLICACIONES MÓVILES
El Grupo de Trabajo del Artículo 29 de la UE ha aprobado un Dictamen sobre la privacidad en las aplicaciones móviles en el que se exponen las obligaciones a que están sujetos los desarrolladores de aplicaciones y sus distribuidores respecto a la protección de datos.
En ocasiones, los usuarios no somos conscientes de que con la instalación de estas aplicaciones permitimos al proveedor de servicios acceder a nuestros datos de geolocalización, datos considerados de carácter personal y por tanto sometidos a la LOPD.
REQUISITOS PARA TRATAR DATOS DE GEOLOCALIZACIÓN
Para que el tratamiento de estos datos por los proveedores de servicios y aplicaciones sea legítimo, habrá que cumplir una serie de requisitos:
– Recabar el consentimiento previo, específico e informado del usuario.
– Informar de los fines para los cuales los datos de geolocalización van a ser tratados.
– Por defecto, los servicios de localización deberían estar desactivados.
– Posibilidad de revocar el consentimiento del usuario en cualquier momento.
– Limitar el alcance del consentimiento en el tiempo y recordárselo a los usuarios
– Respetar y cumplir con el ejercicio de los derechos ARCO sobre los datos tratados.
El Dictamen subraya que los proveedores de servicios y aplicaciones de geolocalización deben implantar políticas de conservación de los datos, debiendo eliminarlos tras un periodo de tiempo justificado.