Todo el personal de la organización recibirá una formación básica para que conozcan lo que deben o no deben hacer para evitar fugas de datos, infección de equipos, etc.En el caso de que la organización sufra una Brecha de Seguridad esta debe informarse a la AEPD en plazo y forma correcta. Recibirá un asesoramiento de cómo debe hacerlo para evitar una sanción de la AEPD.El 95% de los programas actualmente son en la nube, (SaaS, Cloud, etc.) en los que alojamos infinidad de datos, este tratamiento debe regularse por ley y debe hacerse de forma correcta para evitar fuga de datos y tratamiento incorrectos.Para la realización de campañas de marketing y Redes Sociales y el uso de imágenes tan habitual, dispone de un servicio de asesoramiento para que lo ejecute sin incumplir la normativa y evitar sanciones.En caso de que la AEPD inspeccione a la organización tendrá a su disposición un abogado con experiencia en la normativa para interponer el recurso en la AEPD.Disponemos de un seguro de responsabilidad civil para cubrir sanciones de la Agencia Española de Protección de Datos.Dispone de una línea directa de asistencia con su consultor asignado para resolver dudas sobre la aplicación de la normativa en su organización.Todos los meses recibe en su correo un Boletín con noticias relevantes e importantes que hayan ocurrido dentro del mes anterior.Al finalizar la implantación y tras una comprobación se hará entrega de un certificado de implantaciónRecibirá el sello de organización adaptada a la LOPD y/o LSSI en formato digital para incluir en documentos y una pegatina para pegar en el establecimiento.Conectará con un consultor que recabará la información necesaria para elaborar la documentación y diseñar la hoja de ruta para adecuar su actividad a la normativa.

Un blog o diario web en el que una o varias personas suben contenidos sobre un tema determinado que es actualizado y comentado habitualmente por los lectores, puede contener todo tipo de información, incluídos datos de carácter personal.

LOPD y LSSI EN UN BLOG

Este blog deberá cumplir con la LOPD si a través del mismo se recaban y guardan datos personales de los usuarios siempre que no sean tratados con fines particulares, pues en este caso, el tratamiento de los datos estaría excluido del ámbito de aplicación de la LOPD.

Para cumplir con la LOPD deberá inscribirse el fichero en el RGPD, elaborar un Documento de Seguridad, así como informar a los usuarios de los datos acerca del tratamiento de los mismos, lo que podrá hacerse enviando un correo de confirmación de suscripción al blog o informando a través de la Política de Privacidad o Aviso legal. En caso de no recogerse dato personal alguno, no sería necesario cumplir con dichas obligaciones.

El blog también deberá cumplir con la LSSI siempre que su propietario tenga o pueda tener directa o indirectamente un beneficio económico a través del mismo (por ejemplo, si tiene colocada publicidad en el mismo o está promocionando su actividad profesional).

MI BLOG GIRA EN TORNO A MI EMPRESA

Por lo tanto, mi blog en el que promociono mi empresa y en el que recojo direcciones de correo y nombre de los suscriptores, estará sujeto a la LOPD y a la LSSI, pues a través de él ofrezco información comercial propia y de terceras entidades con las que colaboro y de las que obtengo un beneficio económico.

Para cumplir con la Ley deberé incorporar al mismo un Aviso legal informando de todos los datos relacionados con mi actividad comercial, de la política de privacidad, así como de la instalación de cookies en su caso.