El informe 0023/2010 de la AEPD resuelve la consulta planteada sobre si para el tratamiento y publicación de datos personales en el foro de la página web de la Asociación de enfermos consultante, es preciso incluir una cláusula en la que se recoja la política de privacidad de la Asociación, de acuerdo con la LOPD.
De dicho informe jurídico se extrae lo siguiente:
En conclusión, no solamente resulta obligado el aviso legal, sino que parece conveniente que el mismo se incluya en la página de gestión del foro, impidiéndose la inclusión de dato personal alguno sin que se haya aceptado el mismo, lo que, puede constituir la prueba de que se ha obtenido el consentimiento expreso e informado del interesado para el tratamiento y publicación de los datos.
Siempre que se cedan o comuniquen datos hemos de ser extremadamente cautos.
Entre el Derecho y las Nuevas Tecnologías y en continuo aprendizaje. Experta en Protección de Datos Personales y Sociedad de la Información. Asesora Legal en Grupo CFI.
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