Todo el personal de la organización recibirá una formación básica para que conozcan lo que deben o no deben hacer para evitar fugas de datos, infección de equipos, etc.En el caso de que la organización sufra una Brecha de Seguridad esta debe informarse a la AEPD en plazo y forma correcta. Recibirá un asesoramiento de cómo debe hacerlo para evitar una sanción de la AEPD.El 95% de los programas actualmente son en la nube, (SaaS, Cloud, etc.) en los que alojamos infinidad de datos, este tratamiento debe regularse por ley y debe hacerse de forma correcta para evitar fuga de datos y tratamiento incorrectos.Para la realización de campañas de marketing y Redes Sociales y el uso de imágenes tan habitual, dispone de un servicio de asesoramiento para que lo ejecute sin incumplir la normativa y evitar sanciones.En caso de que la AEPD inspeccione a la organización tendrá a su disposición un abogado con experiencia en la normativa para interponer el recurso en la AEPD.Disponemos de un seguro de responsabilidad civil para cubrir sanciones de la Agencia Española de Protección de Datos.Dispone de una línea directa de asistencia con su consultor asignado para resolver dudas sobre la aplicación de la normativa en su organización.Todos los meses recibe en su correo un Boletín con noticias relevantes e importantes que hayan ocurrido dentro del mes anterior.Al finalizar la implantación y tras una comprobación se hará entrega de un certificado de implantaciónRecibirá el sello de organización adaptada a la LOPD y/o LSSI en formato digital para incluir en documentos y una pegatina para pegar en el establecimiento.Conectará con un consultor que recabará la información necesaria para elaborar la documentación y diseñar la hoja de ruta para adecuar su actividad a la normativa.

A estas alturas de nuestra trayectoria en el estudio y manejo de los datos personales, aún se plantean dudas sobre si ciertos datos aislados, sin ir acompañados de nombres y apellidos, son considerados datos de carácter personal o no.

DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO COMO DATO DE CARÁCTER PERSONAL

La dirección de correo electrónico, frecuentemente está formada por un conjunto de signos y palabras con información acerca de su titular (nombre, apellidos, año de nacimiento, lugar donde trabaja o ciudad donde vive, etc…). Este dato se caracteriza porque no puede coincidir con otro igual, con lo que es posible identificar a la persona titular del mismo.

Incluso en el caso de que la dirección de correo no mostrase datos relacionados con su titular, al estar la misma referenciada a un dominio concreto, podrá identificarse sin que fuera necesario un esfuerzo desproporcionado, simplemente realizando una consulta al servidor que gestione dicho dominio.

Por lo tanto, la dirección de correo electrónico de una persona física, es un dato de carácter personal que puede identificar a su titular y por tanto, su tratamiento está sometido a la LOPD.

OTROS DATOS TAMBIÉN CONSIDERADOS PERSONALES

De la misma manera que ocurre con la dirección de correo, son datos que pueden identificar fácilmente a su titular sin que se acompañen de nombre y apellidos y por tanto sujetos a la normativa sobre protección de datos: el DNI, la matrícula de un vehículo, una dirección IP, un número de teléfono y una dirección postal.