Todo el personal de la organización recibirá una formación básica para que conozcan lo que deben o no deben hacer para evitar fugas de datos, infección de equipos, etc.En el caso de que la organización sufra una Brecha de Seguridad esta debe informarse a la AEPD en plazo y forma correcta. Recibirá un asesoramiento de cómo debe hacerlo para evitar una sanción de la AEPD.El 95% de los programas actualmente son en la nube, (SaaS, Cloud, etc.) en los que alojamos infinidad de datos, este tratamiento debe regularse por ley y debe hacerse de forma correcta para evitar fuga de datos y tratamiento incorrectos.Para la realización de campañas de marketing y Redes Sociales y el uso de imágenes tan habitual, dispone de un servicio de asesoramiento para que lo ejecute sin incumplir la normativa y evitar sanciones.En caso de que la AEPD inspeccione a la organización tendrá a su disposición un abogado con experiencia en la normativa para interponer el recurso en la AEPD.Disponemos de un seguro de responsabilidad civil para cubrir sanciones de la Agencia Española de Protección de Datos.Dispone de una línea directa de asistencia con su consultor asignado para resolver dudas sobre la aplicación de la normativa en su organización.Todos los meses recibe en su correo un Boletín con noticias relevantes e importantes que hayan ocurrido dentro del mes anterior.Al finalizar la implantación y tras una comprobación se hará entrega de un certificado de implantaciónRecibirá el sello de organización adaptada a la LOPD y/o LSSI en formato digital para incluir en documentos y una pegatina para pegar en el establecimiento.Conectará con un consultor que recabará la información necesaria para elaborar la documentación y diseñar la hoja de ruta para adecuar su actividad a la normativa.

La difusión de fotografías y vídeos a través de las redes sociales es algo habitual en la sociedad en la que vivimos y uno de los temas más cuestionados que se plantean ante la AEPD.
LA IMAGEN ES UN DATO DE CARÁCTER PERSONAL
La imagen de una persona física, ya esté plasmada en una foto o en un vídeo, es un dato personal cuyo tratamiento deberá estar sujeto a Ley Orgánica de Protección de Datos, la cual reconoce a las personas el derecho a que sus datos personales inadecuados o excesivos se supriman cuando así lo soliciten.
Para poder solicitar la tutela ante la AEPD y hacer efectivo este derecho, el afectado previamente deberá haberse dirigido al responsable del tratamiento y justificar que éste no le ha respondido en el plazo establecido legalmente o que la respuesta no ha sido adecuada.

COMO EJERCER EL DERECHO DE CANCELACIÓN
• El derecho de cancelación sólo puede solicitarlo el afectado o su representante legal.
• Es recomendable contactar primero con quien subió el contenido a internet y pedirle que lo elimine. Para ello, el interesado deberá dirigirse a la empresa u organismo que está difundiendo esos datos acreditando su identidad.
• La empresa deberá resolver la solicitud de cancelación en un plazo máximo de diez días desde la recepción de la misma. Si transcurrido ese plazo, la empresa no responde o si lo hace insatisfactoriamente, el afectado podrá interponer una reclamación ante la AEPD.

Hay que señalar también que las personas tienen derecho a que se limite la difusión universal e indiscriminada de sus datos personales en los buscadores generales cuando dicha información sea obsoleta o ya no tenga relevancia ni interés público, inclusive aunque la publicación original fuera legítima (en el caso de boletines oficiales o informaciones amparadas por las libertades de expresión o de información).