Todo el personal de la organización recibirá una formación básica para que conozcan lo que deben o no deben hacer para evitar fugas de datos, infección de equipos, etc.En el caso de que la organización sufra una Brecha de Seguridad esta debe informarse a la AEPD en plazo y forma correcta. Recibirá un asesoramiento de cómo debe hacerlo para evitar una sanción de la AEPD.El 95% de los programas actualmente son en la nube, (SaaS, Cloud, etc.) en los que alojamos infinidad de datos, este tratamiento debe regularse por ley y debe hacerse de forma correcta para evitar fuga de datos y tratamiento incorrectos.Para la realización de campañas de marketing y Redes Sociales y el uso de imágenes tan habitual, dispone de un servicio de asesoramiento para que lo ejecute sin incumplir la normativa y evitar sanciones.En caso de que la AEPD inspeccione a la organización tendrá a su disposición un abogado con experiencia en la normativa para interponer el recurso en la AEPD.Disponemos de un seguro de responsabilidad civil para cubrir sanciones de la Agencia Española de Protección de Datos.Dispone de una línea directa de asistencia con su consultor asignado para resolver dudas sobre la aplicación de la normativa en su organización.Todos los meses recibe en su correo un Boletín con noticias relevantes e importantes que hayan ocurrido dentro del mes anterior.Al finalizar la implantación y tras una comprobación se hará entrega de un certificado de implantaciónRecibirá el sello de organización adaptada a la LOPD y/o LSSI en formato digital para incluir en documentos y una pegatina para pegar en el establecimiento.Conectará con un consultor que recabará la información necesaria para elaborar la documentación y diseñar la hoja de ruta para adecuar su actividad a la normativa.

La publicidad online es primordial en la inversión a través de Internet, y como es sabido, una de las formas en que dicha publicidad se lleva a cabo, es a través de las cookies, considerados pequeños ficheros o archivos que se instalan en los equipos de los usuarios y que facilitan la navegación del usuario, además de ofrecerle una publicidad personalizada basada en sus hábitos de navegación.

LAS COOKIES Y LA PRIVACIDAD DEL USUARIO

La finalidad de las cookies (almacenamiento y recuperación de datos de los equipos de los usuarios), tiene implicaciones importantes respecto a la privacidad de los mismos. Por ello, la AEPD ha elaborado una “Guía de cookies” que desarrolla el apartado segundo del artículo 22 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico” la cual informa sobre cómo cumplir con las obligaciones previstas en dicha Guía.

En ella, el más importante de los requisitos que exige la Ley para la instalación de las cookies,  es la obtención previa del consentimiento informado de los usuarios para la instalación de las cookies,  asegurándose así de que conocen el uso de sus datos por los prestadores de servicios en internet y las finalidades para las que los mismos son utilizados.

LA AEPD INCREMENTA LA TRAMITACIÓN DE DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTO

Si bien es cierto que hasta hace no mucho esta normativa era prácticamente desconocida tanto por los prestadores de servicios como por los usuarios, hoy día comprobamos en casi todas las páginas web, la existencia del banner, pop up o mensaje emergente relativo a las «famosas “cookies, en la mayoría de los casos con la información incorrecta. De tal manera que la AEPD, en calidad de órgano encargado de velar por el cumplimiento de dicha normativa, está recibiendo cada vez más denuncias tanto por la falta de la adecuada información a los usuarios a la hora de utilizar cookies en las páginas web, como por no recabar el consentimiento para su utilización, pasando de tramitar un 43% de denuncias más en 2015 que en el año anterior.